La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 21 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Ismael Darío Chávez Lobos, detenido el 26 de julio de 1974 en la comuna de Quinta Normal, en Santiago. La víctima, de 22 años de edad, era estudiante de Ciencias Sociales en la Universidad de Chile y desde su secuestro fue hecho desaparecer en el marco de la denominada «Operación Colombo».
En fallo unánime dado a conocer este jueves (causa rol 435-2016), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras María Soledad Melo, Jessica González y el abogado (i) Jorge Benítez- condenó como autores del delito a los ex oficiales de ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 10 años de presidio.
Mientras que los ex oficiales de ejército Gerardo Ernesto Urrich González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, ex oficiales de carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, y los ex agentes José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, José Alfonso Ojeda Obando, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Pedro Ariel Araneda Araneda, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Raúl Juan Rodríguez Ponte y José Avelino Yévenes Vergara, todos ellos fueron sentenciados a 5 años de presidio en calidad de autores del delito, lo que representa una rebaja de las penas impuestas por el ministro sustanciador del proceso.
En primera instancia, en fallo dictado en diciembre de 2015, el ministro en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos, Hernán Crisosto Greisse, sentenció a 13 años de prisión a los primeros nombrados y a 10 años a los segundos. Asimismo, respecto de ese fallo, resultan absueltos 14 agentes por decisión de la Corte y otros 12 son absueltos porque fallecieron entre la fecha de ambas resoluciones.
En la investigación del caso, el ministro Crisosto Greisse logró establecer los siguientes hechos:
«a) En horas de la noche del 26 de julio de 1974, Ismael Darío Chávez Lobos, de 22 años, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio ubicado en calle Los Copihues N° 1977 de la comuna de Quinta Normal, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de detención clandestina denominado ‘Londres 38′ ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso agentes de la DINA.
b) El ofendido en el cuartel de Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo sometido a interrogatorio bajo torturas por agentes de la DINA, con el propósito de obtener información relativa a la integración del MIR, para proceder a la detención de otros miembros de esa organización.
c) La última vez que Chávez Lobos fue visto por otros detenidos ocurrió un día no determinado en los meses de julio y agosto de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.
d) El nombre de Ismael Darío Chávez Lobos apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘O’DIA’ de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Chávez Lobos había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
e) Las publicaciones que dieron por muerto a la víctima tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
Fuente: Resumen