En concreto, la Resolución publicada en el Diario Oficial suprime la obligación que personas naturales y jurídicas tenían de informar a la autoridad sanitaria de Antofagasta todo derrame o accidente que involucre sustancias químicas, materias primas o productos peligrosos tanto en suelo como agua.

El martes 23 de junio se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta n° 933 que deja sin efecto la resolución exenta N° 1.001, promulgada el 8 de mayo de 1997 que establecía la obligatoriedad de notificar accidentes por derrames de productos químicos a la autoridad sanitaria.

En concreto, la Resolución suprime la obligación que personas naturales y jurídicas tenían de informar a la autoridad sanitaria de Antofagasta, en un plazo de 24 horas posteriores a lo ocurrido, todo derrame o accidente que involucre sustancias químicas, materias primas o productos peligrosos tanto en suelo como agua.

De acuerdo a lo indicado en la resolución, esta se justificaría debido a las modificaciones legales en materia ambiental relacionadas con la nueva institucionalidad ambiental que deja a la autoridad sanitaria, representada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, con ámbitos de facultades y competencias más acotadas de las que detentaba a la época de la dictación de la resolución eliminada.

Ante esta situación, desde la Sociedad Civil por la Acción Climática (SCAC) de Antofagasta expresaron su preocupación señalando que “la decisión de revocar la Resolución que ampara estas acciones obligatorias para las empresas se convierte en un acto que vulnera la protección del medio ambiente, no queremos creer que la Autoridad Sanitaria está construyendo tácticamente facilidades a empresas ni desviando la atención frente a la pandemia del COVID-19 que ataca duramente a nuestra región”.

En este sentido, desde la SCAC resaltaron la importancia de que Chile cuente con instrumentos vitales que permitan evitar estos conflictos como el Acuerdo de Escazú y solicitaron que la Seremi de Salud, Rossana Díaz Corro, rectifique y deje sin efecto la controvertida disposición.

FUENTE: El Desconcierto

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