Por Capucha Informativa

Tras la absolución de Daniel y su sobrino Benjamín, los dos imputados en el caso de la quema del metro Pedrero, estuvimos en contacto con Lorenzo Morales, abogado defensor del caso, quien nos habló del proceso de la causa, de las dificultades y de las implicancias luego de este fallo.

La investigación, plagada de irregularidades y pruebas ilícitas que mantuvo a los dos inocentes un año en prisión preventiva, ha sido liderada por el fiscal Omar Mérida, quien se vio directamente involucrado en la infiltración de carabineros en la Villa Francia en el 2019, la que incluyó la utilización de artefactos explosivos. Además, el mismo fiscal habría estado vinculado también al caso huracán, según reveló CIPER. Un verdadero prontuario en montajes.

En conversación con el abogado Morales, quisimos saber más detalles de este proceso, aquí la entrevista:

¿Cómo se encuentran Daniel y Benjamín tras su paso por la cárcel y el Sename? ¿En qué estado estuvieron ellos en este casi año de prisión preventiva (especialmente el adolescente)?

Se encuentran afectados, Benjamín porque su paso no obstante fue distinto y segmentado porque era un caso de relevancia pública, le afectó mucho porque él tenía proyectos para este año, su madre también y esos proyectos se vieron frustrados. En el caso de Daniel, él es un hombre mayor de 35 años que tiene dos hijos y tenía un empleo estable bastante bueno, en donde era proveedor de un centro comercial y de hecho él pasó a la protesta con su ropa de trabajo. Le afectó mucho; si no es por la ayuda de sus amigos y de otras personas privadamente le habría afectado mucho más.

¿Qué van a hacer ahora legalmente? ¿Están pensando en algún tipo de reparación?

No hay que ser tan auspicioso; hay que defenderse todavía, ellos (fiscalía) van a ir por la nulidad, ya están creando una estrategia comunicacional con los diarios y la prensa oficial, que los van a seguir perjudicando a ellos dos en términos de imagen, pero ellos van a ir paso a paso, ¿qué van a hacer en el futuro? lo que vamos planificando entre todos colectivamente, yo creo que parte de la cultura popular es que hay que ir planificando el día a día, nunca uno se proyecta con mucho tiempo, menos con un gobierno que viola los DDHH de esta forma.

¿Cómo se justifica tener un año en prisión preventiva a un NNA?¿Cuáles fueron las pruebas que declararon ilegales? ¿Por qué tomaron esa resolución?

Eso está teorizado por Zaffaroni y Marcelo Sancinetti en Argentina, ellos dicen que cuando hay hipérbole en la formalización, es decir cuando hay cargos muy grandes, o finalmente hay una prueba en donde aparece que es muy contundente en términos de espectacularidad pero no en términos de contundencia jurídica, cualquier ciudadano común puede verse afectado en sus derechos y finalmente que se le pasen a llevar sus DDHH de esta forma, lo malo es que ha ocurrido en todos los casos del estallido social que ha habido este esquema, en términos jurídicos yo les puedo manifestar que es una política criminal de parte del ministerio público, porque en el caso de Daniel, se quería interpretar mañosamente el art. 15 nº 3, es decir la teoría del autor mediato1 y no es el único que está en esa hipótesis; también están en esa hipótesis 15 muchachos que van a enfrentar la justicia dentro de poco; a mí me parece que cuando el ministerio público está muy cerca del poder político pasan este tipo de cosas. La justicia en Chile es bien joven, la gente lo puede revisar en los casos que hay en películas basadas en historias reales verá que esto ocurre siempre; cuando el poder político se mete en los casos y finalmente tratan de imbuir al ministerio público con pruebas que, tal como lo estableció el 7º Juzgado Oral en lo Penal, están viciadas y no se sabe el inicio de la investigación y es difuso el cómo se produjeron estas pruebas.

¿Cuáles son las fallas que ha cometido el Ministerio Público durante este proceso?

La falla del ministerio Público es una falla clave; en términos procedimentales la falla clave es que el Ministerio Público debería dirigir la investigación de la policía y no al revés. Aquí lo que ocurrió es que la policía dirigió la investigación y eso no puede ocurrir, sobretodo en un estado social y democrático de derecho que queremos, que queremos en términos materiales y que no existe.

¿Se puede hablar de montaje?

El montaje es un concepto sociológico pero acá hubo una prueba que sirvió de base que está adulterada que finalmente el vídeo está editado y que se quiso responsabilizar indebidamente a ambos imputados, y ahí se puede calificar que significa una película que fue adulterada, que fue editada y finalmente quiere servir como prueba; si uno lo quiere poner como montaje, bueno, es montaje.

¿Tras la resolución hay alguna claridad de quienes quemaron el metro?

Esa claridad de quiénes quemaron el metro se va a saber de aquí a 30 años, pero se pueden ir sacando presunciones, esas presunciones yo creo que van quedando claras para la sociedad chilena; en algún momento se va a tener que sacar un libro con la psicología de los memes, los memes decían que hay una clara intencionalidad en todo ello. Yo aquí veo que hay que sacar las siguientes conclusiones: alguien apagó las cámaras centrales del metro para que no se supiera, de una hora en adelante, quien había acometido en contra de este transporte público que nos sirve a todos los santiaguinos.

1.- Art. 15, 3° Código Penal: Los que, concertados para su ejecución, facilitan los medios con que se lleva a efecto el hecho o lo presencian sin tomar parte inmediata en él.

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