El caso surgió el 27 de mayo pasado en la Corte de Concepción. Allí, Distribuidora y Comercializadora Llacolén S.A. reclamó por el cierre de su cuenta corriente por parte del Banco Security ocurrida dos días después de firmar, el 20 de mayo, el primer y más cuantioso trato directo hecho hasta ahora por la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, por $8.750 millones, para traer 250 mil cajas de alimentos a la capital. Los socios son Martín Scuncio Moro y su padre Alberto Scuncio Umana, dueños de otra firma, Inversiones Ramaja Limitada, la que envió en 2018 casi 28 mil de cajas de alimentos a Venezuela asociada a una compañía inscrita en el paraíso fiscal de las Islas Vírgenes Británicas. El banco aplicó el sistema regulatorio para prevenir el Lavado de Activos y el Financiamiento al Terrorismo y notificó a Llacolén una semana antes de ofertar al gobierno.
Cual COVID 19, el plan de reparto de mercadería del gobierno, “Alimentos para Chile”, destinado a distribuir 2,5 millones de cajas de provisiones en el país, comienza a mostrar distintos brotes de irregularidades a lo largo del territorio.
A los hechos detectados por la Contraloría General de la República (CGR) en las regiones de Parinacota y Los Ríos, se suma ahora lo ocurrido con el mayor proveedor de cajas de alimentos para Santiago, Distribuidora y Comercializadora Llacolén S.A.
La empresa -domiciliada en Coronel, región del Biobío- firmó el 20 de mayo pasado un trato directo con la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago para traer 250 mil cajas a la capital por un total de $8.750 millones (Revisa acá la órden de compra); por lejos, el mayor contrato firmado por la autoridad en esta pandemia.
Sorpresivamente, dos días después, el 22 de mayo, cuando sus primeras cajas llegaban al Grupo 10 de la Fuerza Aérea de Chile (FACh), la compañía sufría el cierre de su cuenta corriente en el Banco Security de Concepción luego que éste concluyera una investigación a sus accionistas por su participación en eventuales irregularidades en el envío, mediante otra empresa, de cajas de alimentos a Venezuela.
Así lo relata el banco en un informe (Revisa acá la presentación de Security ante la corte) evacuado el miércoles pasado a la Corte de Apelaciones penquista para responder al recurso de protección presentado por Llacolén el 27 de mayo (Recurso), en el que ésta alega el cierre de la cuenta pues, en ella, dice, debía recibir los millonarios pagos semanales acordados con la intendencia.
De hecho, Llacolén tuvo que emitir un vale vista por $437,5 millones en el Banco de Chile como boleta de garantía para respaldar el servicio comprometido (revisa el vale vista).
Security explicó en su escrito que el ‘bloqueo’ de Llacolén fue el “corolario” de una investigación interna que iniciaron tras conocer publicaciones de prensa sobre irregularidades en envíos de cajas de alimentos desde Chile a Venezuela por parte de la sociedad Inversiones Ramaja Limitada en 2018, compañía cuyos accionistas son los mismos de Llacolén: los hermanos Martín y Javier Scuncio Moro y su padre Alberto Scuncio Umana.
El banco agregó que, fruto de esa investigación, en enero de este año cerraron la cuenta corriente de Ramaja Limitada en aplicación de sus políticas de compliance “contenidas en el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo relativo a materias de ley 19.913 y además en el Modelo de Prevención de Delitos atingente a la ley 20.393”.
Seguidamente, tras monitorear a las empresas relacionadas a Ramaja, el banco detectó un “sospechoso movimiento de grandes sumas de dinero entre las cuentas de Inversiones Ramaja Limitada y Distribuidora y Comercializadora Llacolén S.A,”. Tras eso decidió el término unilateral de la relación comercial con el proveedor de cajas del gobierno.
Security notificó a Llacolén el 13 de mayo (aunque Llacolén denunció que fue el 22), una semana antes de que Martín Scuncio enviara su millonaria cotización al funcionario de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Varela Eluchans, el 19 de mayo pasado (ver cotización).
Aunque Security no alude a ninguna publicación ni fechas en particular, lo cierto es que la información sobre Ramaja y Venezuela comenzó a circular el 3 de junio de 2018 cuando El Mercurio de Valparaíso publicó un artículo donde describe el negocio llevado adelante por Alberto Scuncio y un desconocido socio hasta entonces.
En el Diario Oficial del 1 de diciembre de 2016 figura el registro en que Alberto Scuncio, representando a Inversiones Ramaja, y el abogado venezolano Alexander Fabián Sánchez Girón, representando a International Petrochemical Holding Ltd. -inscrita en 1995 en el paraíso fiscal de Islas Vírgenes Británicas- crearon Suministros del Sur S.A. (documento en el Diario Oficial).
Ramaja se quedó con el 51% y la sociedad de Sánchez Jirón con el 49%. Según las publicaciones, Suministros de Sur habría enviado en 2018 unas 28 mil cajas de alimentos en 10 contenedores embarcados en Valparaíso. No es la única operación. El sitio www.veritradecorp.com también informa exportaciones en 2019.
Banco Security es parte del grupo de entidades que la Ley 19.913, en su artículo 3°, obliga a informar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, que adviertan en el ejercicio de sus actividades.
El Desconcierto consultó a Banco Security y la UAF sobre este caso. Hasta el cierre de este artículo Security aún no confirmaba si había denunciado el caso a la UAF. Desde el organismo gubernamental, en tanto, indicaron que no pueden referirse a casos concretos pues la ley impone confidencialidad.
La ley define como operación sospechosa “todo acto, operación o transacción que, de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual o carente de justificación económica o jurídica aparente o pudiera constituir alguna de las conductas contempladas en el artículo 8º de la ley Nº 18.314 (de conductas terroristas)”. También califican las realizadas por “una persona natural o jurídica que figure en los listados de alguna resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sea que se realice en forma aislada o reiterada”.
Las empresas que no reporten casos sospechosos se exponen a multas de hasta 5 mil UF ($ 143 millones).
Los verdaderos dueños
El caso de Distribuidora y Comercializadora Llacolén es paradigmático. No sólo por la drástica medida del Security, sino porque nunca antes contrató con el Estado y porque solo tiene giro para distribuir alimentos desde hace menos de un año.
Lo más llamativo es que hasta esta contratación y pese al cruce de accionistas detectado por Security, Llacolén mantenía información desactualizada de sus socios ante el Estado.
El 4 de junio, El Desconcierto consultó a la dirección de Compras Públicas (Chile Compra) quiénes eran los verdaderos dueños de Llacolén. El 9 de junio respondieron con la información oficial que figuraba en el Registro de Proveedores del Estado. Ahí aparecen (hasta hoy de hecho) como socios los mismos que la constituyeron el 24 de abril de 2001: la argentina Mariela Fernanda Tetti y el abogado penquista, Christian Gonzalo Romero Romero
Sin embargo, la escritura del 31 de agosto de 2019 (la misma en que confirman la ampliación del giro que le permitió proveer las cajas de alimentos) da cuenta de la junta de accionistas, donde figuran como socios Alberto Scuncio, representando a Inversiones Ramaja Limitada, Martín Scuncio y el también argentino Pablo Ludueña Génova (revisa el documento en el Diario Oficial).
En una segunda comunicación, Chile Compra informó el 18 de junio pasado que ante la “inconsistencia” pidieron antecedentes a la Cámara de Comercio de Santiago (CCS, que administra ChileProveedores.cl) y en paralelo verificaron la existencia de una declaración jurada de Martin Scuncio que corregía la situación.
“En este caso, se detecta una inconsistencia entre la información disponible en el Registro y la última modificación societaria de la empresa, por lo que se solicitó verificación de estos datos al operador del Registro, la Cámara de Comercio de Santiago. No obstante lo anterior, la empresa Llacolén envió la información actualizada de sus socios a través de la declaración jurada que se solicita en www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Presupuesto 2020”, señaló la entidad.
Según la documentación entregada por Chile Compra, la declaración de Scuncio efectivamente dice que él es el representante legal, aunque no detalla la identidad de los socios (declaración). Y figura fechada el 20 de mayo, aunque también fue cargada a Mercadopublico.cl solo el 15 de junio pasado.
Las fechas son clave, y el artículo 34 de la Ley de Presupuesto 2020 que alude la entidad, también. Porque tener un registro de beneficiarios finales de las empresas que contratan con el Estado era motivo de preocupación justamente de este gobierno, que lo incluyó entre las medidas de la Agenda Antiabusos anunciada por el Presidente Sebastián Piñera el 9 de diciembre pasado. La aprobación, el 19 de diciembre de 2019, de la ley de Presupuesto, fue su punto de partida.
En su artículo 34 señala que todos los proveedores y contratista del Estado deberán tener la información “de las personas naturales y jurídicas que, a cualquier título, participen en la propiedad y administración de la persona jurídica inscrita en dicho registro”.
Para ello encarga a la Dirección de Compras y Contratación Pública “solicitar la precitada información dentro de los sesenta días siguientes a la publicación de esta ley a fin de adecuar el referido registro a las exigencias establecidas en este artículo”.
En enero de este año Chile Compra anunció que los proveedores tenían hasta el 30 de abril para actualizar su información. Si Llacolén cumplió con ese trámite en las fechas definidas, la información entregada no fue fidedigna pues, como se detalla en este artículo, el registro de propiedad enviado por Chile Compra el 9 de junio pasado (y visible hasta hoy) mantiene a Tetti y Romero en la propiedad.
Al parecer, sólo ante la contratación con la Intendencia de Santiago habría sido modificada con la declaración que ingresaron al sistema el 15 de junio.
El foco del gobierno con esta medida apuntaba más bien a la competencia, intentando impedir que unos pocos concentren las contrataciones con el Estado, teniendo distintas sociedades con similares dueños.
El centro de estudios Espacio Público apoyó en su momento la idea, aunque criticó que no apunte a identificar sociedades relacionadas a los mismos dueños pero que no trabajan con el Fisco.
“Para contribuir en el combate contra la corrupción, sin embargo, el registro de beneficiarios finales debe abarcar a todos los entes legales, no solo a los que participan en el sistema de compras públicas. Además, debe ser público y deben existir sanciones efectivas cuando la información registrada no es la correcta”, señaló Eduardo Engel en una columna publicada el 15 de marzo.
Pero además de la Ley de Presupuesto, está la Ley de Compras Públicas y su reglamento, que tienen artículos explícitos donde se señala que, si la información societaria no está actualizada, será causal de suspensión del registro de proveedores, aunque eso deberá establecerlo en una resolución Chile Compra.
En su artículo 95 señala que la dirección podrá suspender por un período máximo de 2 años a los proveedores inscritos en el Registro si concurre alguna de varias circunstancias, como “si el proveedor no ha declarado oportunamente el cambio o modificación de algún antecedente solicitado para la inscripción o para la actualización de su información”. Incluso, en su artículo 96 indica como causal de eliminación del registro “si los antecedentes presentados por el proveedor en su solicitud de inscripción al Registro de Proveedores son maliciosamente falsos, han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación”.
Con todo, en su respuesta del 18 de junio Chile Compra sostuvo que el no tener actualizada la información societaria en Chileproveedores.cl no es necesariamente impedimento para contratar con el Estado. “Salvo que en un proceso de licitación el organismo lo establezca expresamente en las bases, estar inscrito en el Registro de Proveedores no es un requisito para contratar con el Estado”, afirmó.
Esto contrasta con lo actuado por la propia Intendencia de Santiago, la que consideró un elemento relevante el registro de proveedores.
Así lo revela la Resolución Exenta 797 (revisa el documento) en la cual la autoridad detalla las justificaciones legales para firmar trato directo con Llacolén y otras tres empresas en los primeros días desde el anuncio de Piñera, el 17 de mayo.
Pese a que por ley el millonario monto contratado debió pasar por licitación, la Intendencia de Santiago aprobó el trato directo debido a la situación de emergencia sanitaria y la urgencia de tener las cajas para mantener la cuarentena, lo que permitiría esa vía de contratación.
Dicha resolución está fechada el 20 de mayo, aunque fue cargada a la orden de compra en www.mercadopublico.cl el 28 del mismo mes.
En la resolución explica que luego de no encontrar un solo proveedor para las 1,6 millones de cajas para Santiago (casi ningún gran retail ofertó), optaron por elegir a las únicas 4 empresas que enviaron cotizaciones (también firmaron Supermercados Alvi de SMU, Sudamericana SpA y Aceitera San Fernando) y luego verificaron su habilitación en el Registro de Proveedores.
Sólo detectaron problemas con Alvi, la cual debió presentar documentación adicional para zanjar dudas. De Llacolén ninguna salvedad.
Desde fines de mayo este medio ha intentado contactarse con la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago para consultar sobre este contrato con Llacolén, pero su equipo de prensa no responde nuestras consultas. La empresa, en tanto, ha recibido reiterados mensajes por teléfono y correo electrónico sin que hasta ahora haya acusado recibo.
Fuente: El Desconcierto