Las condenas van entre los 5 y los 10 años de presidio, dependiendo del grado de responsabilidad en el delito. Asimismo, se ordenó al Estado pagar una suma de dinero a los familiares de las víctimas por concepto de daño moral.

Fue el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Vicente Hormazábal, quien condenó a penas de presidio efectivo a nueve miembros en retiro del Ejército, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante Bernardo del Tránsito Cortés Castro, hecho ocurrido en abril de 1974 en el Regimiento Arica.

Cortés Castro fue detenido el día 4 de abril del mencionado año, y trasladado al Regimiento Arica de La Serena, donde fue visto por familiares. Al día siguiente, al concurrir ellos nuevamente, se les manifestó que se había dado muerte al intentar fugarse. Sin embargo, como parte de las prácticas habituales de la dictadura, su cuerpo nunca fue entregado a la familia.

En el fallo, el ministro Hormazábal condenó a Ariosto Alberto Francisco Lapostol Orrego, comandante del regimiento en ese entonces, Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo, Luis Segundo Esteban Araos Flores y Luis Humberto Fernández Monjes, a la pena de 10 años y 1 día de presidio en calidad de autores del delito.

En tanto, José Flores Gallardo, René Orchand Díaz, Milton Torres Rojas, Juan Marambio López y Orlando Hatte Castillo, fueron condenados a 5 años y 1 día de presidio, también en calidad de autores del secuestro calificado del estudiante.

En el mismo fallo, se condenó además al conocido médico militar, Guido Mario Díaz Paci, a la pena de 541 días de presidio con el beneficio de la remisión condicional de la pena en calidad de encubridor.

Asimismo, el ministro acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por los hermanos de la víctima, ordenando al Estado pagar a cada uno de ellos la suma de $60.000.000 por concepto de daño moral.

Fuente: El Desconcierto

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