El Instituto de Derechos Humanos apeló la sentencia, principalmente por el uso de gases en presencia de niños de la comunidad mapuche We Newen de Collipulli. “Esta sentencia es un retroceso en materia de protección de derechos humanos”, señala el abogado Marco Rabanal de INDH sede Temuco.
Pese a los violentos días de represión policial que antecedieron al asesinato del werken (vocero) Alejandro Treuquil, los cuales fueron investigados por el Instituto de Derechos Humanos (INDH), en fallo unánime la Corte de Apelaciones de Temuco decidió rechazar el recurso de amparo presentado por la entidad en contra de Carabineros.
El jueves 04 de junio, Treuquil (37 años) fue asesinado -mientras buscaba un caballo- por desconocidos con un impacto de bala. Otras tres personas resultaron heridas, hechos que actualmente son investigados por la Fiscalía de Collipulli. A Treuquil le quedó pendiente una reunión con el jefe de la sede regional del INDH, conversación en la que aportaría mayores antecedentes para el recurso de amparo que finalmente interpuso la entidad, el miércoles 10 de junio, ante la Corte de Apelaciones de Temuco en contra de la IX° Zona Araucanía de Carabineros de Chile, representada por el general de Carabineros Carlos González Gallegos.
Al momento de la observación realizada por funcionario del INDH el 21 de mayo, la comunidad mapuche We Newen logró reunir 102 lacrimógenas (en cartuchos de tres), 59 lacrimógenas simples y tres lacrimógenas de mano. El informe recoge 16 testimonios, incluidos de niños y cuatro mujeres embarazadas, una de ellas, es la viuda de Treuquil, Andrea Neculpan, quien sufrió una pérdida como consecuencia del uso desproporcionado de gases lacrimógenos en la comunidad mapuche We Newen, situación que relató a nuestro medio anteriormente.
El fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco fue asumido por la Segunda Sala del tribunal, integrada por las ministras María Georgina Gutiérrez, Mirna Espejo Guíñez y el abogado integrante, Marcelo Neculmán.
“Conforme al mérito del informe evacuado por Carabineros de Chile IX° Zona, consta que todos los procedimientos policiales llevados a cabo en la comunidad We Newen y en sus inmediaciones dicen relación con más de 14 denuncias por el acometimiento de diversos delitos, desde atentados explosivos y/o incendiarios, amenazas simples, homicidio frustrado a Carabineros en Servicio, daños simples, desórdenes públicos, maltrato de obra a Carabineros, robo en lugar habitado y también en lugar no habitado, lanzamiento de objeto contundente contra vehículo, muchos de los cuales se han realizado más de una vez y todos relacionados con personas que se domicilian o se han refugiado dentro de la comunidad indígena ya mencionada”, informa parte de la sentencia.
Además, indica que los antecedentes han sido ratificados por parte del Ministerio Público, “que evacuó informe sobre la materia y que da cuenta del inicio de 16 investigaciones penales por los delitos antes mencionados”.
Ante el fallo, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) apeló a la sentencia de la Corte. “Existen argumentos más que suficientes para revertir esta resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco que solo se ha enfocado en un aspecto de la diversa gama de situaciones que debían resolverse y lo que no se ha valorado está precisamente la protección de niños, niñas y mujeres embarazadas”, dice Marco Rabanal, abogado Marco de la sede Temuco del INDH.
“Creemos que no se han valorado adecuadamente los antecedente en esta causa, pues únicamente se han considerado cuestiones que tienen que ver con el orden público. La misma Corte ha señalado que las policías para enfrentar -eventualmente algún tipo de desorden público- tiene como limitación el no provocar un mal mayor, y sin embargo, lo que ha ocurrido es que se han usado gases lacrimógenos directamente hacia las viviendas de las comunidad We Newen, donde hay mujeres embarazas y niños. El manual de operaciones de control de orden público de Carabineros, señala expresamente que ‘el arma nunca podrá ser disparada a un lugar cerrado’, sin embargo ese antecedente y prohibición la corte no la ha valorado de manera absoluta”, agrega Rabanal.
La apelación del INDH relata que especialmente los días 13 y 14 de mayo de 2020, “al irrumpir carabineros en la comunidad, lanzaron bombas lacrimógenas y perdigones hacia el domicilio de werken Alejandro Treuquil en cuyo interior se encontraban los amparados Andrea Colín Neculpán y de sus hijos de 4, 5 y 10 años… siendo la mujer la más afectada por los procedimientos policiales desarrollados en la comunidad”.
A su vez, la viuda de Alejandro Treuquil, Andrea Neculpan, denunció previamente a INTERFERENCIA que tras un mes del asesinato del werken, ha existido dilación en la entrega de cualquier información por el crimen contra su marido, y que aún no hay ningún detenido.
Fuente: Interferencia