En momentos de excepción constitucional y emergencia sanitaria como los que vive el país, la vigencia –en su esencia– de los derechos fundamentales y libertades públicas, constituye un elemento clave para garantizarles a ciudadanas y ciudadanos que, pese a los problemas y restricciones, la democracia sigue viva y sana. Y que no sucumbe a la tentación del poder sin control ni aun con el canto de sirena de que así se logrará una mayor seguridad o protección para la propia ciudadanía. Quienes nos gobiernan o tienen la representación política de dicha ciudadanía, deben tener conciencia de que las medidas adoptadas no son autoexplicativas y deben ser fundadas públicamente. Una democracia sustantiva no admite que los derechos fundamentales se transformen en letra vacía y, menos, que sean omitidos por quienes deben garantizar su plena vigencia, incluso allí donde por excepcionalidad deban experimentar restricciones.
Los derechos fundamentales establecidos en la Constitución no son simples preceptos morales, sino valores y normas jurídicas respaldadas judicialmente ante su eventual transgresión. Son límites al poder constituido y un fundamento de su legitimidad, pero requieren de la acción positiva y transparente de este poder para existir en la realidad, de manera concreta. Este es el origen de la obligación que tienen las autoridades de actuar conforme a la ley.
En momentos de excepción constitucional como los que vive el país, la vigencia –en su esencia– de los derechos fundamentales y libertades públicas constituye un elemento clave para garantizarles a ciudadanas y ciudadanos que, pese a los problemas y restricciones, la democracia sigue viva y sana. Y que no sucumbe a la tentación del poder sin control ni aun con el canto de sirena de que así se logrará una mayor seguridad o protección para la propia ciudadanía.
En medio de la crisis que vive el país es absolutamente necesario que este riesgo quede despejado. Quien toma las decisiones debe quintuplicar los esfuerzos para que así ocurra. Sobre todo, porque ante la emergencia se han adoptado decisiones que restringen derechos fundamentales, o se han modificado condiciones y escenarios que dificultan su ejercicio, o lesionan las previsiones de igualdad o seguridad garantizadas en la Constitución.
El país, en su conjunto, debe volver a poner atención en un funcionamiento eficiente de control político interórganos –por ejemplo, del Congreso Nacional respecto del Poder Ejecutivo– y de un funcionamiento efectivo de las instituciones de control –como la Contraloría General de la República y el Consejo para la Transparencia– sobre la actividad pública, procurando proteger a las ciudadanas y los ciudadanos y que se les brinde información debida y transparente.
Los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución apuntan a tres ámbitos que, directa o indirectamente, han sido tocados –no siempre positivamente– por decisiones de la autoridad destinadas al manejo de la pandemia de COVID-19. Enumeremos: los individuales, que nos aseguran autonomía frente al poder, la seguridad de la integridad personal, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de opinión y de conciencia, el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley. En el segundo grupo están los derechos políticos, aquellos que nos permiten participar en el ejercicio del poder, como votar, elegir y ser elegido, la libertad de reunión y de asociación. Y en el tercero se hallan aquellos denominados derechos sociales y económicos, que nos posibilitan exigir del Estado ciertas prestaciones, como derecho al trabajo, a tener una actividad económica, a la educación, a la salud, al ejercicio sindical y el derecho de huelga, a la libertad de movimiento y a la libertad de prensa e información.
Todos ellos se han visto afectados, más o menos, por decisiones de la autoridad, y frente a todos existen reclamos de inequidad, ineficiencia o actos poco claros en cuanto a los fundamentos que las justifican.
Quienes nos gobiernan o tienen la representación política de la ciudadanía, deben tener conciencia de que las medidas adoptadas no son autoexplicativas y deben ser fundadas públicamente.
Deben considerar también que aplicar de manera zigzagueante medidas como cuarentenas territoriales, sacar militares a la calle para restringir los desplazamientos de las personas o inundar la comunicación oficial con fraseología bélica, solo contribuye a exacerbar un clima de incertidumbre antes que a aliviar la tensión y restaurar niveles legítimos de normalidad, si carecen de coherencia o de justificaciones claras.
El país, en su conjunto, debe volver a poner atención en un funcionamiento eficiente de control político interórganos –por ejemplo, del Congreso Nacional respecto del Poder Ejecutivo– y de un funcionamiento efectivo de las instituciones de control –como la Contraloría General de la República y el Consejo para la Transparencia– sobre la actividad pública, procurando proteger a las ciudadanas y los ciudadanos y que se les brinde información debida y transparente.
Una democracia sustantiva no admite que los derechos fundamentales se transformen en letra vacía y, menos, que sean omitidos por quienes deben garantizar su plena vigencia, incluso allí donde por excepcionalidad deban experimentar restricciones.